Actualización de inscripción en escrituras
Declaración de obra nueva, ampliación o exceso de cabida, coordinación Registro-Catastro. Actualización escrituras.

Permite inscribir en el Registro de la Propiedad la Escritura la vivienda o parte de ella en el caso de que se haya realizado una ampliación, siempre que:
- Haya transcurrido ya el plazo de prescripción de 6 años contados desde la completa terminación de las obras.
- Que no exista expediente abierto de infracción urbanística en su vivienda.
- Que la vivienda no se encuentre en suelo no urbanizable protegido.
¿Por qué es necesario que la edificación aparezca correctamente en la Escritura?
- Compra-venta de viviendas
- Solicitar una hipoteca
- En caso de expropiaciones y herencias
- Actualizar escrituras
- Regularizar escrituras
Redacción y tramitación de la documentación necesaria, incluyendo certificado de antigüedad para la inscripción en el Registro de la Propiedad y su posterior alquiler. Redacción y tramitación de la documentación necesaria, incluyendo certificado de antigüedad para la inscripción correcta en el Registro de la Propiedad y su posterior venta. Redacción y tramitación de la documentación necesaria, incluyendo certificado de antigüedad para la inscripción en el Registro de la Propiedad y su posterior venta. Redacción y tramitación de la documentación necesaria, incluyendo certificados de antigüedad de cuatro viviendas para la inscripción de las mismas en el Registro de la Propiedad y su posterior venta.